Los niños, niñas y adolescentes en Colombia están protegidos por un Código especial que propende por una infancia en condiciones de plenitud personal y familiar. | Por: ARCHIVO SEMANA
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Uno de los problemas más frecuentes y menos denunciados son los abusos contra niños, niñas y adolescentes, pese a que son sujetos de especial protección. Les contamos el proceso.
La normatividad legal establece en Colombia que los derechos de los menores de edad, sin importar su nacionalidad, tienen prevalencia, y que los delitos que se cometen en su contra son castigados con mayor severidad, tal como quedó consignado en el Código de Infancia y Adolescencia, en vigor desde 2006.
Ahora bien, el maltrato infantil no se configura sólo con el castigo físico, sino que, por el contrario, tiene otras connotaciones; el maltrato psicológico, el trabajo infantil, la mendicidad forzada, el abuso sexual y la trata de personas, entre otras conductas, configuran todo un abanico de delitos en contra de los pequeños.
"Estos menores gozan de una protección reforzada, en palabras de la Corte Constitucional, de una protección especialísima; y sumado a ello, los migrantes, como personas en extrema y evidente situación de debilidad, requieren, pues, de la atención de todas las autoridades", explica Fabio Humar, uno de los abogados penalistas más respetados del país.
En el caso de los niños migrantes venezolanos, la garantía del ejercicio de sus derechos está plenamente garantizada por el solo hecho de ser menores de edad, y las autoridades están en el deber de prestar atención inmediata en todos los casos porque la prioridad debe ser proteger al pequeño afectado.
En la práctica quiere decir que, si usted como migrante o uno de sus niños es víctima de maltrato infantil, tiene no sólo todo el derecho a denunciar sino además el deber de hacerlo para que las autoridades tomen las medidas del caso y garantizar la tranquilidad de él y de su entorno familiar.
"No queda más que exigirles a las autoridades que, en el caso de menores abusados o maltratados, se solicite la pena más alta ante los jueces de la república, y que, a su vez esos jueces -previo al agotamiento de todas las formalidades y ritos del proceso penal-, impongan, si es del caso, las sanciones más severas", acota el jurista.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), habilitó un canal de atención gratuito para atender esas denuncias. Se trata de la Línea 141, a la que se puede marcar desde fijo o celulares, y en la que las personas que denuncian serán atendidas por personal especializado en estos temas.
Psicólogos, abogados de familia y trabajadores sociales escucharán y darán trámite a la queja y garantizarán la protección del menor, de manera que, si es necesario, adelantarán un proceso de restablecimiento de derechos.
También se puede acudir a la Fiscalía, la Personería, la Procuraduría, y en casos de urgencia al cuadrante de la Policía o al CAI más cercano. Una de las situaciones más frecuentes que registran las autoridades es el silencio que guardan las personas afectadas por miedo a que les nieguen su permanencia en Colombia.
Es decir, muchas personas venezolanas callan esos episodios porque creen que si denuncian podría haber represalias en su contra; sin embargo, no es así; recuerde que la situación migratoria, más allá de si el niño o su familia están regularizados o no, no puede ser considerada como una condición para ser atendidos.
Recuerde también que ninguna autoridad le puede exigir dinero o prebendas para atender un caso de maltrato infantil, y que todas están en la obligación de mantener en reserva la identidad del niño y sus familiares para evitar su revictimización.
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