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Lo que debe saber de la primera fase de implementación del Estatuto Temporal

Por: Indira Córdoba
mayo 05 de 2021

Con el arranque de la primera fase de la implementación del ETPV, las autoridades migratorias empezaron a alimentar el denominado  Registro único de Migrantes Venezolanos, que hace parte del Proyecto de Identificación y Registro de Ciudadanos venezolanos (RIC) para identificar y caracterizar a cada ciudadano venezolano radicado en Colombia. 

 

Esto es lo que usted debe saber sobre el Estatuto y sobre la primera fase de implementación:

¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos?

Es el nuevo marco normativo del Estado colombiano para caracterizar y regularizar la condición migratoria de todos los venezolanos que han llegado al país y permitirles la integración a la sociedad colombiana.

 

¿Qué se busca con este Estatuto? 

El Estatuto temporal busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad migratoria.

 

¿Cuál será la vigencia de este Estatuto Temporal de Protección? 

El Estatuto Temporal de Protección tendrá una vigencia de diez (10) años. 

 

¿Cuál es la estructura del Estatuto?

El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos contempla dos herramientas jurídicas: El Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo régimen de protección temporal y  el Permiso por Protección Temporal.

 

¿Se expedirán más Permisos Especiales de Permanencia (PEP)?

A partir de la entrada en vigencia del Estatuto, no se expedirá ni prorrogará ningún Permiso Especial de Permanencia y, aquellos que se encuentren vigentes, harán tránsito al Permiso por Protección Temporal con el previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Estatuto.

 

¿Cuáles son los requisitos para poder vincularse al Registro Único de Migrantes Venezolanos?

Estar en Colombia; presentar documento de identidad vigente o vencido (pasaporte, cédula de identidad venezolana, PEP); tener el acta de nacimiento en caso de ser menor de edad; hacer una declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia; y autorizar la recolección de datos biométricos.

 

¿Qué es el Permiso por Protección Temporal (PPT)?

Es un documento de identificación que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad. Este documento, que reemplazará a los Permisos Especiales de Permanencia (PEP), les permitirá integrarse a la sociedad colombiana pues podrán, entre otros, acceder a derechos, firmar contratos laborales y obtener productos bancarios.

 

¿Cuáles son los requisitos para obtener el Permiso por Protección Temporal?

Estar incluido en el Registro único de Migrantes No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso; no tener en curso investigaciones administrativas migratorias; no tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente; no tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia.

 

¿Quiénes deben realizar la primera fase de implementación?

Todos los ciudadanos venezolanos que esten en Colombia y que no tengan visa. 

 

¿Sólo se podrá hacer el preregistro el 5 de mayo?

No, el espacio estará habilitado hasta el 28 de mayo de 2022. 

 

¿Qué pasos debe seguir para completar la primera fase de implementación del Estatuto?

1.- Realizar el preregistro virtual en la página web https://www.migracioncolombia.gov.co/visibles .

2.- En la sección RUMV deberán crear un perfil con usuario y contraseña.

3.- Crear previamente un correo electrónico personal para luego usarlo durante todo el proceso de implementación.

4.- Tener una foto digital en fondo blanco. 

5.- Fotografía del documento de identidad vigente o vencido.

6.- Diligenciar la encuesta socio-económica que permitirá conocer la información detallada de la situación de los migrantes.

7.- Por último, tras el registro llegará un mensaje al correo electrónico registrado con el agendamiento de la cita el día y la hora en que se debe asistir para el trámite en persona.

 

Es importante tener en cuenta que el registro virtual no implica la entrega inmediata del permiso. Este proceso quedará a estudio de Migración Colombia para autorizar si cumple con las condiciones para obtener el documento.

 

Recuerde que la segunda fase será presencial y comenzará en septiembre. Para esto el migrante deberá asistir a los centros de atención que dispondrá Migración Colombia para la toma de huellas dactilares y fotografía.

 

La implementación del estatuto finalizará con la tercera fase en la que se hará entrega del documento físico en octubre de 2021 y también se le hará llegar al migrante en formato digital al correo electrónico.

 

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