La falta de documentación era una una de las principales trabajas para que los venezolanos se afiliaran al sistema de salud en Colombia. | Por: BARCO HOSPITAL SAN RAFAELLE
La directiva insta a las entidades públicas del orden nacional a que adopten las medidas necesarias para incluir el Permiso por Protección Temporal como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en el país.
El presidente de la República, Iván Duque firmó la directiva número 5 con fecha de 31 de mayo de 2022, que define los lineamientos sobre el Permiso por Protección Temporal (PPT) para que los migrantes venezolanos con este documento puedan acceder a servicios de salud, educación y otros trámites enmarcados en la oferta institucional del país que los acogió.
El parágrafo 1 de la directiva indica que el PPT es un documento de identificación válido para que sus titulares puedan acceder al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensión, contraten o suscriban productos y servicios con entidades financieras, sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, convaliden sus títulos profesionales ante el Ministerio de Educación, tramiten tarjetas profesionales y para las demás situaciones donde los migrantes venezolanos requieran identificarse y acreditar su estatus migratorio frente a instituciones del Estado y particulares.
Así mismo, refiere el lineamiento que el Permiso por Protección Temporal será un documento válido para ingresar y salir del territorio colombiano, sin perjuicio de los requisitos que exijan los demás países para el ingreso a sus territorios.
Del mismo modo permite el acceso, la trayectoria y la promoción en el sistema educativo colombiano en los niveles de educación inicial, básica y superior, así como la prestación de servicios de formación, certificación de competencias laborales, gestión de empleo y servicios de emprendimiento por parte del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
En detalle, la directiva explica que el Ministerio de Salud y de Protección Social expidió la resolución 1178 de 2021 y la Resolución 572 de abril de 2022 (que deroga la Resolución 1178 de 2021) mediante las cuales se incluye el PPT como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en las bases de información del Sistema de Protección Social.
Para el acceso a productos en las entidades bancarias, la Superintendencia Financiera expidió la Carta Circular 071 del 12 de noviembre de 2021, la reitera a todas las entidades financieras que "el PPT es un documento con plena validez para la identificación de su titular y por lo tanto debe ser admitido para la apertura y contratación de productos servicios financieros en las entidades supervisadas en Colombia.
Por su parte, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) expidió la Circular 0007-4 dirigida a los coordinadores departamentales, administradores municipales del Sisbén y secretarios de planeación que insta a las entidades territoriales a permitir el acceso a la encuesta Sisbén a los portadores del PPT.
Con la finalidad de garantizar que el PPT sea un documento idóneo que permita el acceso de los migrantes venezolanos a los servicios del Estado, el presidente Iván Duque instó a las entidades públicas del orden nacional a que adopten las medidas necesarias y realicen los ajustes que se requieran para incluir el PPT como documento válido de identificación en sus sistemas de información, y de esta forma garantizar el acceso efectivo a servicios y procedimientos públicos y privados.
La Universidad Johns Hopkins y la Corporación Red Somos, con el apoyo del Ministerio de Salud de Colombia y Onusida, abordó la situación de salud de la población venezolana migrante en el país.